La Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) es la entidad responsable de proporcionar beneficios a sus afiliados en caso de desempleo.
Acceso al Seguro de Cesantía
En caso de quedar cesante, los trabajadores afiliados a la AFC pueden retirar dinero de su Cuenta Individual de Cesantía (CIC), en la cual mensualmente se cotiza un porcentaje de la remuneración imponible.
Plazo para cobrar el Seguro de Cesantía
Desde que se queda cesante, no hay un plazo específico para solicitar el Seguro de Cesantía. La AFC especifica que «no existe plazo o fecha límite para efectuar la solicitud» del beneficio, que puede ser requerido «en cualquier momento, siempre que mantenga la condición de cesante».
Requisitos para solicitar el Seguro de Cesantía
Para solicitar el Seguro de Cesantía, se deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar cesante y cumplir con alguna de las causales de término de relación laboral contempladas en el Código del Trabajo.
- Contar con un mínimo de cotizaciones pagadas: al menos 10 cotizaciones mensuales en caso de contrato indefinido y al menos 5 cotizaciones mensuales en caso de contrato a plazo fijo o por obra, faena o servicio determinado.
Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del Seguro hasta el mes de término de la relación laboral, y pueden ser continuas o discontinuas, y de uno o más empleadores.
Formas de cobrar el Seguro de Cesantía
El Seguro de Cesantía se puede cobrar por Internet o de manera presencial. Para solicitarlo en línea, se debe ingresar a la sucursal virtual de la AFC, iniciar sesión y hacer clic en «cobro del seguro».
Quienes prefieran el cobro presencial, deben dirigirse a una sucursal de la AFC.