Es obligatorio realizarla de forma anual o semestral, dependiendo del tipo de vehículo. Es importante mantener este documento al día, ya que circular sin él puede acarrear fuertes multas. ¿Pero cuánto cuesta esta multa por tener la revisión técnica vencida?
Multas por tener la revisión técnica vencida
Según indica la Ley de Tránsito, las multas por tener la revisión técnica vencida tienen un costo que varía entre 1 UTM a 1,5 UTM. Esto equivale a aproximadamente $65,182 y $97,773, respectivamente, según el valor de la UTM vigente en abril de 2024. Sin embargo, si pagas la multa dentro de los primeros cinco días, podrás ahorrarte un 25% del total, por lo que se recomienda pagar lo antes posible.
Es importante tener en cuenta que si reincides en esta falta o en cualquier otra considerada grave dentro de un lapso de tres años, la multa se duplicará. En caso de ser la tercera vez, se triplicará y podrían incluso quitar tu licencia de conducir por acumulación de multas.
Otros problemas relacionados con la falta de revisión técnica
Además de la multa, no tener la revisión técnica al día puede acarrear otros problemas. Carabineros tiene la orden de sacar tu auto de circulación y llevarlo a los corrales municipales, lo que implica un costo diario que varía según la municipalidad.
Por otro lado, en marzo no podrás obtener el permiso de circulación si no tienes la revisión técnica al día, lo cual también puede resultar en graves multas.
Por último, no tener la revisión técnica al día representa un riesgo para la seguridad de los ocupantes del vehículo, ya que puede haber problemas de funcionamiento sin que lo sepas.
Calendario de la revisión técnica
El calendario de la revisión técnica sigue la siguiente estructura de acuerdo al último dígito de la patente:
- Patentes terminadas en 0: Revisión técnica en febrero.
- Patentes terminadas en 1: Revisión técnica en abril.
- Patentes terminadas en 2: Revisión técnica en mayo.
- Patentes terminadas en 3: Revisión técnica en junio.
- Patentes terminadas en 4: Revisión técnica en julio.
- Patentes terminadas en 5: Revisión técnica en agosto.
- Patentes terminadas en 6: Revisión técnica en septiembre.
- Patentes terminadas en 7: Revisión técnica en octubre.
- Patentes terminadas en 8: Revisión técnica en noviembre.
- Patentes terminadas en 9: Revisión técnica en enero.
En marzo y diciembre no es necesario realizar la revisión técnica, ya que no están contemplados en el calendario.