El Congreso de la República ha despachado a ley una iniciativa que busca fortalecer el Seguro de Cesantía en Chile, disminuyendo los requisitos de acceso y mejorando los beneficios para los trabajadores que se encuentren en situación de desempleo. Este seguro es administrado por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y proporciona una red de seguridad económica para los empleados que pierden su trabajo.
Cambios en el Seguro de Cesantía
El proyecto de ley, que modifica la Ley 19.728 que establece el seguro de desempleo, contempla los siguientes cambios clave:
Disminución de requisitos de acceso
- Cotizaciones mínimas para acceder a la cuenta individual por cesantía (CIC):
- De 12 a 10 cotizaciones registradas para trabajadores con contrato indefinido o de casa particular.
- De 6 a 5 cotizaciones registradas para trabajadores con contrato a plazo fijo.
- Cotizaciones mínimas para acceder al Fondo de Cesantía Solidario (FCS):
- Reducción de 12 a 10 cotizaciones registradas en los últimos 24 meses anteriores al término de la relación laboral.
Aumento de los beneficios por cesantía con cargo a la CIC
Se propone un incremento en la tasa de reemplazo del segundo mes de prestaciones, pasando del 55% al 60% del respectivo promedio de remuneraciones. Esto significa un mayor apoyo financiero para los trabajadores desempleados.
Aumento de beneficios por cesantía con cargo al FCS
Se contempla un aumento en la tasa de reemplazo del segundo mes del Fondo de Cesantía Solidario, así como la actualización de los límites inferiores y superiores de las prestaciones para trabajadores con contrato indefinido o de casa particular. Además, para aquellos con contrato a plazo fijo, se agregan un cuarto y quinto giro, lo que resulta en una tabla de beneficios con cinco giros mensuales.
Requisitos frente a situaciones especiales
El proyecto de fortalecimiento del Seguro de Cesantía también incluye una flexibilización de los requisitos de acceso en situaciones especiales, como la pérdida de empleo debido a una catástrofe en una zona o una alerta sanitaria que implique la paralización de actividades en todo o parte de una región. En estos casos, se disminuiría el número mínimo de cotizaciones requeridas para acceder a las prestaciones con cargo a la CIC.