La semana pasada, el Gobierno de Chile anunció una nueva iniciativa destinada a ayudar a las personas que buscan adquirir su primera vivienda. Este subsidio consiste en una rebaja del Impuesto Global Complementario con devolución de hasta 16 UTM, equivalentes a poco más de $1 millón, a octubre de 2023. La devolución se realizará durante un período de cinco años, brindando un apoyo financiero significativo a quienes buscan comprar su primera propiedad.
En total, los beneficiarios podrán recibir más de cinco millones de pesos como apoyo, que se entregará a través de un crédito tributario reembolsable. Esta medida tiene como objetivo fomentar la adquisición de viviendas nuevas y estará en vigencia desde el mes siguiente a la publicación de la Ley hasta el último día de septiembre de 2024.
Iniciativa avanzó en la Cámara
Días después del anuncio gubernamental, la Cámara de Diputadas y Diputados votó a favor del proyecto con 119 votos a favor y dos abstenciones. A pesar de este avance, la iniciativa aún debe pasar por el Senado y superar otras etapas en el Poder Legislativo antes de convertirse en ley. El proyecto ha generado un considerable interés y expectativas en la población chilena.
Requisitos para acceder al subsidio
Si esta propuesta se convierte en ley, existirán requisitos específicos para acceder al subsidio. Los potenciales beneficiarios deberán cumplir con los siguientes criterios:
- La vivienda adquirida debe estar construida y con recepción final a la fecha de entrada en vigencia de la ley o, en su defecto, que a la fecha de entrada en vigencia de la ley no cuente con recepción final, siempre que exista un contrato de promesa de compraventa posterior al 16 de octubre de 2023.
- La compraventa debe realizarse a partir de la entrada en vigencia de la ley, y la vivienda adquirida debe estar inscrita a nombre de la persona en el Conservador de Bienes Raíces respectivo antes del 1 de octubre de 2024.
Es importante destacar que este mecanismo es compatible con todos los subsidios para la adquisición de viviendas y con el beneficio tributario de rebaja del gasto en intereses hipotecarios de la base imponible del Impuesto Global Complementario.