Existen bonos para cesantes en Chile que pueden ser otorgados a trabajadores que hayan quedado sin empleo debido a un despido o término de contrato. Sin embargo, no todos los trabajadores son elegibles para recibir estos beneficios, ya que hay requisitos específicos que deben cumplir. A continuación, se detallan algunos de los bonos disponibles para cesantes en el país.
Seguro de Cesantía
El Seguro de Cesantía es un beneficio que protege a los trabajadores(as) regidos por el Código del Trabajo en caso de quedar sin empleo.
Cada afiliado(a) a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía, que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si queda cesante, podrá retirar el dinero en giros mensuales.
Requisitos:
Para acreditar la cesantía, se debe presentar alguno de los siguientes documentos:
- Finiquito.
- Carta de despido.
- Carta de renuncia.
- Acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo.
- Certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial.
Además, se requiere tener al menos:
- 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término del contrato (con uno o más empleadores) si el contrato es indefinido o si se desempeña como trabajador(a) de casa particular.
- 5 cotizaciones continuas o discontinuas (con uno o más empleadores) si el contrato es a plazo fijo.
Fondo de Cesantía Solidario (FCS)
Destinado a trabajadores(as) afiliados al Seguro de Cesantía que no tienen recursos suficientes en su cuenta individual. Para acceder a este fondo, la cesantía debe ser por una de las siguientes razones:
- Necesidad de la empresa.
- Quiebra del empleador.
- Vencimiento del plazo convenido en el contrato.
- Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato.
- Caso fortuito o fuerza mayor.
Para utilizar el Fondo de Cesantía Solidario, se debe contar con 10 cotizaciones pagadas, siendo las tres últimas continuas con el mismo empleador. Además, se debe activar la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo (BNE) una vez solicitado el beneficio y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación.
Subsidio de Cesantía
Este subsidio es un bono pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación y está destinado a desempleados que no cumplen con los requisitos del Seguro de Cesantía.
Requisitos:
- Tener, mínimo, 12 meses (52 semanas) de imposiciones continuas o discontinuas en cualquier régimen previsional dentro de los dos años anteriores a la cesantía.
- Ser parte del registro de cesantía de la municipalidad correspondiente a su lugar de residencia.
- Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002 (si fue firmado después de esa fecha, el trabajador cesante puede acogerse al Seguro de Cesantía).