Desde el 1 de septiembre está vigente la denominada Ley Corta de Isapres, que consiste en un ajuste en los planes de salud por parte de las aseguradoras privadas. Las aseguradoras ahora están obligadas a fijar sus precios, como mínimo, al 7% de la cotización obligatoria para salud descontada de la remuneración de los trabajadores afiliados.
El impacto en los excedentes de las isapres
La aplicación de la ley corta tiene un impacto directo en los excedentes de las isapres. Anteriormente, cuando la cotización obligatoria del 7% era superior al plan contratado, se generaba un excedente que se depositaba en una cuenta corriente individual del afiliado para fines médicos. Sin embargo, con la nueva ley, los planes deben partir con un valor equivalente al 7% de la cotización obligatoria, por lo que solo desaparecerán los excedentes generados por la diferencia entre el valor del 7% y el precio del plan de salud contratado. A pesar de esto, la ley permite la generación de nuevos excedentes en diferentes situaciones, como la retirada de cargas, el aumento de sueldo, el aumento en el valor de la cotización obligatoria, y la recepción de un bono de desempeño.
Qué pasará con los excedentes de isapres
La Superintendencia de Salud ha publicado una explicación sobre los alcances de la legislación en relación a los excedentes de isapres. Los usuarios que tengan excedentes acumulados hasta agosto de 2024 podrán seguir utilizándolos en prestaciones médicas, beneficios y farmacias. En caso de que no sean utilizados para fines médicos durante el resto de 2024, las isapres deberán devolverlos en enero de 2025.