El domingo 9 de junio se llevarán a cabo las elecciones primarias de gobernadores y alcaldes en Chile. Estas elecciones permitirán a los partidos políticos y pactos determinar qué candidatos estarán en la papeleta electoral de octubre. Aunque en Chile el voto es obligatorio, las elecciones primarias son la excepción.
¿Cuándo se conocen los vocales de mesa?
El Servicio Electoral (Servel) informó que la lista de los vocales de mesa para las primarias se dará a conocer el sábado 18 de mayo. En ese día, los secretarios de cada Junta Electoral publicarán las nóminas de vocales de mesas, miembros de Colegios Escrutadores, así como las mesas y locales de votación.
¿Quiénes pueden excusarse de ser vocal de mesa?
Si alguien no puede cumplir con el deber de ser vocal de mesa, entre el 20 y el 23 de mayo se podrá excusar ante las juntas electorales. Las causales de excusa contempladas por la ley son:
- Estar ausente del país o radicado/a a una distancia de más de 300 kilómetros.
- Tener más de 70 años de edad.
- Estar física o mentalmente imposibilitado/a de ejercer la función.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios el día de las elecciones.
- Embarazadas.
Ser padre o madre de un hijo o hija menor de dos años. Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente.
- Ser cuidadora o cuidador de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y quienes se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).
El 25 de mayo se anunciarán las nóminas de vocales reemplazantes para las primarias y en esa ocasión no habrá periodo de excusas.
¿Quiénes pueden votar en las primarias?
El Servel informó que cada partido político o pacto electoral que participe en las elecciones primarias deberá presentar qué sistema de participación elegirá y hay cinco opciones:
- Participan solo los afiliados al partido habilitados para ejercer el derecho a sufragio, en el caso de que el partido participe de forma individual.
- Intervienen solo los afiliados al partido, e independientes sin afiliación política, habilitados para ejercer el derecho a sufragio, en el caso de que el partido participe de forma individual.
- Pueden votar solo los afiliados a los partidos integrantes del pacto habilitados para ejercer el derecho a sufragio, en el caso de un pacto electoral.
- Solo pueden votar los afiliados a los partidos integrantes del pacto e independientes sin afiliación política, habilitados para ejercer el derecho a sufragio, en el caso de un pacto electoral.
- Todos los electores habilitados para sufragar.
Cuando se realicen las primarias, cada elector recibirá solo el o los votos de la elección en la que esté habilitado para votar.